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2012 - 052. Trabajadoras del Hogar sin reconocimiento pleno de derechos en Reforma Laboral

Trabajadoras del Hogar sin reconocimiento pleno de derechos en Reforma Laboral
 
Boletín 052 / 2012.
México, D.F., 25 septiembre 2012.
 
México, D.F., 25 septiembre 2012.- El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) manifiesta su preocupación de que en la actual discusión en el Congreso de la Unión de la Reforma Laboral, estén fuera del diálogo los derechos de las trabajadoras de hogar, en armonía con el Convenio 189 sobre el Trabajo Decente para las Trabajadoras y Trabajadores Domésticos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Esta reforma laboral no debe carecer de perspectiva de derechos para todos los sectores de la población insertos en actividades productivas, incluido el trabajo doméstico, que hasta ahora no cuenta con un reconocimiento legal en igualdad como cualquier otro trabajo. Tener acceso a la mínima protección (goce de seguros de riesgos de trabajo, enfermedades, maternidad, invalidez, vida, retiro, cesantía en edad avanzada, vejez, guardería, etc.) y prestaciones sociales en general bajo el régimen de trabajadora o trabajador del hogar, no es legalmente posible debido a que se desconoce en la actual ley y en las reformas propuestas.

Garantizar que haya una reforma integral al apartado del trabajo del hogar de la Ley Federal del Trabajo permitirá revertir la desigualdad que enfrenta este sector de la población. Según la Encuesta Nacional sobre Discriminación en México (Enadis) 2010, el  41 por ciento de las trabajadoras domésticas considera como su principal problema el tener mucho trabajo y poco pago, además el 19.3 por ciento consideran que el principal problema para ellas es el abuso, maltrato, humillación y discriminación; estos datos son indicadores de que la situación de explotación en que se encuentran es provocada por la falta de reconocimiento de sus derechos laborales.

El Convenio 189 de la OIT es una herramienta necesaria en la eliminación de la desigualdad que viven las personas que realizan el trabajo del hogar, fue adoptado en Ginebra el 16 de junio de 2011 durante la 100ª Conferencia de la OIT con el voto a favor del gobierno mexicano y del sector de trabajadores y trabajadoras. Cualquier país que lo ratifique deberá adoptar las medidas previstas en dicho Convenio para respetar, promover y hacer realidad los principios y derechos fundamentales en el trabajo; hasta ahora sólo Uruguay y Filipinas lo han signado, sin embargo es suficiente para que entre en vigor este instrumento internacional. Se espera México se adhiera luego de que lo reciba el Senado para su ratificación.

En nuestro país, según datos de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) 2011, cerca de 2.2 millones de personas se dedican al trabajo del hogar. De las 18.4 millones de mujeres que realizan actividades económicas, 10.8 por ciento efectúan este trabajo, lo que equivale a un millón 991 mil 646 mujeres. En el caso de los hombres, 189 mil 452 de ellos se emplean como trabajadores del hogar, por lo que esta actividad se encuentra feminizada.

Además, según la ENOE, el 76.8 por ciento de las trabajadoras del hogar tiene un estrato socioeconómico bajo y medio bajo; 16 por ciento medio alto y sólo el 7.2 por ciento de ellas cuenta con un nivel económico alto.

La Reforma Constitucional en materia de Derechos Humanos de junio de 2011 sienta las bases para que el Estado respete, proteja, promueva y garantice el ejercicio de éstos a toda persona dentro del territorio nacional, por lo tanto, la legislación nacional en materia laboral referente al trabajo del hogar, es decir la Ley Federal del Trabajo y la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social y su Reglamento no están armonizadas con esa reforma y por ende, en ellas existen aún rezagos de discriminación, por lo que es momento idóneo de incluir -conforme a la mencionada reforma constitucional y al Convenio 189-  todas las adecuaciones que garanticen igualdad sin distingo para las trabajadoras y trabajadores del hogar.