Ciudad de México, 13 de mayo de 2019
Boletín de prensa 020/2019
Conapred, Copred y el IIJ-UNAM organizan “Conversatorio sobre criterios judiciales en materia del Derecho a la No Discriminación”
Las sentencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) permiten avanzar en la transformación cultural con el fin de erradicar los estereotipos y prejuicios, por lo que el derecho y la justicia se constituyen como herramientas de cambio, coincidieron las y los participantes en el “Conversatorio sobre criterios judiciales en materia del Derecho a la No Discriminación”.
En la inauguración, Alexandra Haas Paciuc, presidenta del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), destacó que las resoluciones de la Corte ayudan a la ciudadanía a pensar de otra manera los derechos; por ejemplo, explicó que la sentencia de la SCJN en el caso de las personas trabajadoras del hogar no sólo logró el reconocimiento de sus derechos laborales sino que también definió una política pública para su inclusión en la seguridad social.
Haas Paciuc mencionó que en el caso de educación inclusiva (donde se determinó la integración de las personas con discapacidad al sistema educativo general) y en el de discriminación al solicitar pruebas de VIH a médicos como requisito de contratación, las sentencias de la Corte demostraron que ambas medidas se sustentaban en el prejuicio y no en el conocimiento científico.
Pedro Salazar Ugarte, director del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (IIJ-UNAM), destacó que actualmente la institución a su cargo desarrolla investigaciones multidisciplinarias al abordar temas sobre los derechos humanos y el derecho a la igualdad y no discriminación.
En su intervención, Geraldina González de la Vega Hernández, presidenta del Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación (Copred), destacó que el derecho de acceso a la justicia de forma igualitaria y sin discriminación, apuntala y permite la exigencia de los demás derechos. “Con una mirada interinstitucional y desde diferentes perspectivas, contribuye a entender qué medidas y herramientas son necesarias para hacer efectivos los derechos de todas y todos, y hacer efectiva la igualdad de derechos de algunas personas frente a otras que tienen más privilegios”.
De la misma forma, apuntó la necesidad para que las juezas y jueces se alleguen de información especializada a fin de poder resolver con fundamentos y no basarse en prejuicios, pues esto alimenta la discriminación.
Por su parte, Zulema Mosri, Magistrada del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), señaló que el arraigo y la aceptación de estereotipos y prejuicios tiene consecuencias jurídicas al imposibilitar el ejercicio de los derechos en igualdad de circunstancias. Destacó que los órganos jurisdiccionales han incorporado los más altos estándares en la materia y de ahí la importancia de sensibilizar a los operadores jurídicos.
En el “Conversatorio sobre criterios judiciales en materia del Derecho a la No Discriminación” tuvieron lugar cuatro mesas de trabajo para discutir diversas resoluciones de la SCJN.
En la mesa 1 se habló sobre el “Acceso a la educación básica sin discriminación”, en la que se concluyó que la educación inclusiva debe incorporar a todas y todos los niños para que aprendan juntos, el entorno se debe de modificar y reconocer la discapacidad para hacer los ajustes razonables que salvaguarden la autonomía de este grupo.
En la mesa 2 “Pensión por viudez” (parejas heterosexuales, hombres que enviudan)”, se reflexionó que en la normatividad en materia de pensiones por viudez subyacen discriminación por género basada en el prejuicio de que los hombres son proveedores y las mujeres son proveídas, pero la realidad pone de manifiesto la necesidad de reconocer el derecho de las mujeres que han cotizado al sistema de seguridad social para dejarle una pensión a su viudo.
En la mesa 3 “Prohibición de pruebas de detección de VIH/SIDA al personal médico como requisito de contratación”, se coincidió en que la medida era discriminatoria, pues no existe ningún caso de transmisión del virus por parte del personal médico a pacientes. Se subrayó que para eliminar el prejuicio de que es riesgosa la convivencia con personas portadoras de VIH se requiere una educación integral en sexualidad que no las criminalice.
En la mesa 4 “Trabajo del hogar y seguridad social”, se destacó la importancia de que, a raíz de esta resolución, histórica por su contenido y alcance, se hayan hecho cambios legislativos, a la par de implicar a los otros poderes (legislativo y judicial) haciendo así un trabajo de política pública. Se explicó que esta sentencia es parte de un proceso de construcción de ciudadanía que beneficia directamente a las mujeres trabajadoras del hogar, pues al ingresar al plan piloto del IMSS manifiestan un empoderamiento subjetivo y objetivo.
En la ceremonia de clausura, Alberto Pérez Dayan, ministro de la SCJN, enfatizó que todas estas sentencias no hubieran sido posibles si las personas afectadas no hubieran interpuesto sus demandas para exigir el respeto de sus derechos, y de allí la importancia del acompañamiento que les han brindado instituciones como el Conapred y el COPRED, así como diversas organizaciones civiles.
El “Conversatorio sobre criterios judiciales en materia del Derecho a la No Discriminación” se llevó a cabo en el IIJ-UNAM, bajo el auspicio del Conapred, el Copred y el propio IIJ-UNAM.