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2010 - 031. La perspectiva de derechos humanos es la clave para la integración de las personas con discapacidad

La perspectiva de derechos humanos es la clave para la integración de las personas con discapacidad
 
Boletín de prensa 031/2010
México D.F., 25 de mayo de 2010
 
El presidente del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, Ricardo Bucio Mújica, aseguró que una de las grandes aportaciones de la Convención sobre los derechos de las personas con Discapacidad, que entró en vigor hace dos años, es el enfoque de derechos que afirma que es el entorno y no la persona quien debe adaptarse para que todas y todos podamos ejercer plenamente todos los derechos.
 
Durante su participación en la conferencia "Estrategias para la implementación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad", Bucio Mújica enfatizó en la necesidad de crear mecanismos de armonización legislativa con esta Convención, en "prácticamente todas las leyes que hablen de personas", por lo que dejó claro que la tarea debe ser conjunta entre las familias, sociedad civil y Estado.
 
Consideró que las estrategias de implementación para romper el paradigma  médico- asistencial -el cual agrava la desigualdad-, debe ser "la visión de derechos humanos en que las personas con discapacidad sean reconocidas e incluidas por la mayoría y en todos los espacios". 
 
Por ello, el presidente del CONAPRED señaló que los "ajustes razonables" no deben darse sólo en las infraestructuras de inmuebles, sino en sistemas de educación, impartición de justicia y acceso a todos los servicios. 
 
Por su parte, el especialista en integración de las personas con discapacidad, Fabio Ianeselli planteó con base a la experiencia internacional, la necesidad de que en México la sociedad civil se empodere de las leyes y tratados en la materia, exigiendo su cumplimiento y utilización en todos los ámbitos de la vida.
 
Fabio Ianeselli enfatizó en las obligaciones del Estado hacia personas con discapacidad, por lo que dijo: "se deben reconocer e integrar los derechos en el orden jurídico, respetar el disfrute del derecho y remover obstáculos que impidan su ejercicio". 
 
Indicó también que la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU no crea derechos especiales para las personas con discapacidad, sino que "es un instrumento facilitador para el ejercicio y disfrute de los derechos reconocidos en el sistema universal".